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VIOLENCIA DE GÉNERO EN MÉXICO. Por Tania Ligia Martínez Pereyra.

In Uncategorized on 13 junio, 2020 at 12:33

DAMOS LA BIENVENIDA EN «ALCOMMUNI’S BLOG» A ÉSTA COLABORACIÓN ESPECIAL DE LA ABOGADA TANIA LIGIA MARTÍNEZ PEREYRA, CON UN TEMA DE VIGENTE INTERÉS. SIGÁNLO Y RECOMIÉNDELO!! 

 

«VIOLENCIA DE GÉNERO EN MÉXICO.»

Por TANIA LIGIA MARTINEZ PEREYRA.

México vive uno de los peores momentos en cuanto a violencia de género se refiere, según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, INEGI, de las 46.5 millones de mujeres  mayores de quince años en México, 66.1 % es decir 30.7 millones de mujeres han sufrido algún tipo de violencia, siendo el 43.9 % violentadas por sus parejas; en el año 2018 hubo un promedio de 3,752 muertes de mujeres, de las cuales solo un 25.6% se investigan como feminicidios, y los 2,107 asesinatos restantes como homicidios dolosos.

Las entidades de Veracruz, Estado de México, Ciudad de México, Nuevo León y Jalisco ocupan los nada honorables cinco primeros lugares en cuanto a feminicidios se refiere; la mayoría de las mujeres asesinadas fueron abandonadas en espacios y lugares públicos, caminos, carreteras, predios y hoteles de paso.

El feminicidio se ha definido en la Organización de la las Naciones Unidas, ONU, como: “La forma más extrema de violencia contra la mujer, siendo una constante en los asesinatos de mujeres, la brutalidad y la impunidad que los acompaña; hablar de feminicidios es hablar de delitos de odio, donde niñas y mujeres son violentadas con crueldad por el solo hecho de haber nacido mujeres, siendo asesinadas en muchos de los casos como culminación de la violencia pública”. El Estado de México ocupa el segundo lugar en la Republica con el mayor número de feminicidios.

El 23 de abril del presente año, mediante decreto, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, SHCP, determinó que debido a la actual política de austeridad se haría un recorte presupuestal del 75 % a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), frenando así las actividades especiales y paralizando su funcionamiento, pues esa reducción asciende a la cantidad de 139.4 millones de pesos.

La CEAV tiene la obligación de garantizar, proteger y promover las garantías   a las víctimas de violaciones de derechos humanos, delitos de desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, detención arbitraria, FEMINICIDIO y trata de personas entre otras violaciones.

Con dicha reducción presupuestal, se perderán entre otras importantes cosas, el alojamiento y resguardo del Registro Nacional de Víctimas (RENAVI), cuya base de datos cuenta con la información de 34,215 víctimas; con el equipo de cómputo, se perderá también el área de traslados y acompañamientos al Ministerio Público, Juzgados, derechos humanos, asesores jurídicos, peritos etc.; asimismo desaparecerá un 60% de empleos, así como las sedes centrales de atención de los Estados de nuestra República.

En el caso del Estado de México, desde el 2015 la entidad cuenta con 11 municipios que tienen activa la alerta de violencia de género contra las mujeres: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco Solidaridad, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Cuautitlán Izcalli, Ixtapaluca y Valle de Chalco.

Por su parte, debido a la desaparición de las mujeres, en octubre de 2019 la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, CONAVIM, declaró la segunda alerta de violencia de género en Toluca, Ecatepec, Nezahualcóyotl, Cuautitlán Izcalli, Chimalhuacán, Ixtapaluca y Valle de Chalco, seis de los 11 anteriores municipios señalados.

Con esta segunda alerta de género se conminó al Estado de México a contemplar el presupuesto necesario para hacer frente a la situación que viven las mujeres, estableciendo el feminicidio en el proyecto de atención a la alerta de violencia de genero contra la mujer, por lo que los municipios deben establecer mecanismos que van desde el fortalecimiento institucional, la capacitación al personal y la búsqueda, hasta equipamiento de casas para la atención de la mujer.

Entre los mecanismos que ha implementado el Gobierno del Estado de México, GEM, están el  trabajar de la mano con los gobiernos Federal, Estatal y Municipal;  por lo que según el GEM dice estar realizando actualmente ocho acciones para proteger a la mujer en la actual contingencia, con patrullajes, una línea de denuncia, brigadas para la atención al hogar en caso urgente, apoyo psicológico a la sociedad, campaña del programa contingencia sin violencia, red naranja 911 emergencias y 089 denuncia anónima.

En ese sentido, el Fiscal General de Justicia del Estado de México, FGJEM, licenciado Alejandro Jaime Gómez, refiere que la Fiscalía se cuentan con cuatro Centros de Justicia para la Mujer, 14 Agencias del Ministerio Público para la atención a la violencia de género, así como cinco unidades móviles, manifestando el funcionario estatal que “se trabaja en coordinación con las policías de genero municipales y estatal, implementándose la denuncia vía internet o llamada telefónica, y la protección física en el caso de que la víctima requiera de una medida de protección que implique resguardarla en uno de los albergues que hay en el Estado de México”.

En el Estado de México existen seis albergues destinados para mujeres víctimas de violencia, a los cuales pueden ingresar siempre y cuando cumplan con algunos requisitos como: que la víctima no cuente con una red de apoyo, descartar que la víctima tenga alguna enfermedad mental, que no consuma sustancias ilícitas o se encuentre en situación de calle.

Es importante puntualizar que las acciones emprendidas por el Gobierno del Estado de México, específicamente por su Fiscalía, se encuentran muy lejos de ser efectivas, ya que de enero a marzo del presente año 2020, se contabilizaron 73 homicidios dolosos cometidos en contra de mujeres, de los que 34 se consideran feminicidios; asimismo fueron iniciadas 3,610 carpetas de investigación en perjuicio de mujeres por el delito de lesiones dolosas.

Lo anterior genera interrogantes inquietantes. ¿Es el actuar de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México es una simulación?,  puesto que no cuenta con albergues para las mujeres víctimas de violencia y sus hijos, pues como referí líneas arriba, en el amplio territorio del Estado de México existen únicamente con seis albergues que resultan completamente insuficientes para una población femenina con altos índices de violencia.

Permea la evidente falta de capacitación del personal del Ministerio Público, que generalmente son considerados insensibles a las necesidades de la víctima, pues es sabido que en muchos de los casos no se otorga la atención ni el trato necesario a la víctima de violencia; tampoco se implementan las medidas de protección adecuadas y ni siquiera se realiza la integración debida de las carpetas de investigación para una futura judicialización de los caos.

Ello muchas veces se traduce en que del índice de carpetas de investigación iniciadas, solo entre el uno y dos por ciento de las mismas llegan a obtener una sentencia condenatoria, por lo que como se ha dicho reiteradamente, no hay una concordancia entre el número de feminicidios con el número de juicios y menos con el número de sentenciados y condenados;  es decir, el número de víctimas  es mucho mayor al número de denuncias y mucho mayor también al número de sentencias condenatorias efectuadas.

Falta mucho trabajo por hacer, pues regularmente los municipios destinan los recursos asignados para combatir la violencia de género en rublos superfluos, gastan el dinero en elementos que por obligación cada administración debe realizar, como el implementar áreas seguras o capacitar a su personal para atender los temas de violencia de género.

Con algunas medidas excepcionales por parte de los municipios de Cuautitlán Izcalli y Ecatepec, el resto de los nueve municipios enlistados con alerta de género, incluso algunos como Nezahualcóyotl, con doble alerta de género, han considerado implementar albergues para las mujeres víctimas de violencia y sus hijos, pero tampoco lo ha realizado el Gobierno del Estado de México y menos su Fiscalía.

Se hace indispensable inmediatamente un verdadero trabajo coordinado y medible escrupulosamente entre la Fiscalía, Estado y municipios, acciones urgentes por parte de la Fiscalía, traducido en la implementación electrónica de una aplicación electrónica y un número telefónico con alerta a una policía especializada en alerta de género.

Dicha policía especializada estaría obligada a actuar inmediatamente atendiendo a la víctima en un lapso de entre cinco y diez minutos, arribando al lugar reportado para verificar que la víctima que emitió esa llamada se encuentre en condiciones que no pongan en riesgo su vida, y en caso de ser necesario, sustrayéndola de inmediato junto con sus hijos, de ser el caso, y trasladarlos de inmediato a un albergue a cargo de la propia fiscalía o del municipio. La vida de las victimas corre grave riesgo en esos momentos.

Lo anterior, debido a que durante el presente año únicamente han sido canalizadas 17 mujeres a los albergues, contrastando esto con el alto número de feminicidios en la misma temporalidad, lo que no hace sino evidenciar la poca o nula efectividad de la Fiscalía, donde como casi todo mundo sabe, muchas veces las denunciantes son re victimizadas por los insensibles Ministerios Públicos, lo que ocasiona que muchas víctimas se abstengan de denunciar la violencia de que son objeto.

Aunque también hay que subrayar que muchas veces esa revictimización y malos tratos por parte de la autoridad descansa precisamente en la falta de personal, pues no existen médicos legistas y la atención se traduce en un peregrinar para lograr una certificación; se carece de peritos en criminalística, fotografía, psicología y psiquiatría.

Por otro lado, no es ocioso reiterar que en los albergues con que cuenta el Estado de México, entre los requisitos existentes persisten el que la persona víctima de violencia de género que vaya a ingresar no debe padecer de sus facultades mentales, permanecer en situación de calle y no consumir algún tipo de droga, surgiendo el delicado cuestionamiento: ¿Acaso esas personas no tienen derechos, a ellas no las protegen las leyes?; ¿Existe algún albergue o lugar para su resguardo?.

La respuesta es que no existen, y por ello los Ministerios Públicos optan por no iniciar las carpetas de investigación por maltrato, o cuando excepcionalmente las llegan a iniciar no establecen una medida de protección.

Es evidente que de muy poco sirven las cinco Unidades Móviles existentes en el Estado de México, ante una población tan extensa y con regiones bien identificadas con altos índices de violencia, donde por cierto no se contempla a las zonas rurales.

Se hace necesaria la certificación del personal en la materia, sobre todo con comprobada sensibilidad, empatía, con amor de hacer y ayudar; también hace falta más personal del Ministerio Público, policías de investigación eficiente y efectiva dotada de los elementos materiales indispensables para realizar su trabajo, bajo la premisa de que de su responsabilidad, saber y actuación oportuna y acertada dependerá salvar la integridad y quizá la vida de una persona.

 

 

 

CONSULENDI. Por SERGIO G. VARELA MAYA «RESPONSABILIDAD Y SANCIONES A NOTARIOS, SÓLO EN LA DIMENSIÓN DE SU ACTUACIÓN»

In Uncategorized on 9 junio, 2020 at 16:20

RESPONSABILIDAD Y SANCIONES A NOTARIOS, SÓLO EN LA DIMENSIÓN DE SU ACTUACIÓN. Ni justifico ni defiendo a Horacio Aguilar Álvarez de Alba. Abogado que cuenta con el fiat para desempeñar la función notarial en el Estado de México.

Hace dos semanas el Notario número 102 del Estado de México obtuvo cierta negativa notoriedad debido a un breve video amateur en donde se observa que está discutiendo y forcejeando con una mujer –al parecer, su esposa-, primero, en la vía pública y posteriormente, al interior de lo que se presume es el domicilio o una propiedad de dichos personajes.

¿Cuál es el quid del asunto? Sólo ellos lo saben. ¿Qué fue lo que les detonó lo que se conoce como “emoción violenta”? se ignora. Sólo podemos atenernos a la evidencia única del video que se subió a las redes sociales y mismo que se hizo “viral” en cuestión de minutos.

Por estos hechos inmediatamente surgieron voces que exigieron la inmediata terminación del cargo del notario 102 por resolución del Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza. Nada más alejado del estricto jurídico vigente.

Este hecho fue vinculado a otra acusación al Notario en su carácter de catedrático de la Escuela Libre de Derecho, reconocida a nivel nacional.

Para que un fedatario público de nuestra entidad mexiquense sea separado definitivamente de su cargo debe encuadrarse la conducta de éste en los supuestos de las fracciones IV y V del artículo 41 de la Ley del Notariado del Estado de México en vigor, es decir, que exista una sentencia ejecutoriada dictada por un Juez –en materia civil o penal- que imponga una pena privativa de la libertad por la comisión de un delito patrimonial o grave del notario, siempre y cuando ésta se derive estrictamente de su función notarial (robo, extorsión, delitos societarios, blanqueo de capitales, etc.), o por la resolución del Gobernador del Estado para revocar los nombramientos de los notarios, en los términos y condiciones que la Ley señala, es decir, como consecuencia de la instauración de procedimientos administrativos en su contra.

Tuve la oportunidad de leer comentarios, inclusive de algunos colegas (abogados y periodistas), que exigían la destitución de Aguilar Álvarez de Alba, presentando imágenes de la fracción VII del artículo 11 de la Ley que rige a los notarios mexiquenses; sólo que dicha fracción es aplicable como un requisito para aquellos que aspiran a la obtención del nombramiento de notario; artículo y fracción que no operan cuando éstos ya están en plenas funciones notariales. Estoy de acuerdo, todos como personas, profesionistas y ciudadanos debemos observar una conducta honorable e intachable.

El Colegio de Notarios del Estado de México, a través de su Presidente Andrés Hoffmann Palomar, rechazó las acciones de violencia, discriminación y victimización y anticipó que el caso estaría atendido por las autoridades correspondientes, es decir, por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, cuyo titular es Rodrigo Espeleta Aladro. No obstante ello, el Colegio tiene, entre sus funciones, emitir opiniones e intervenir en los procedimientos seguidos por el Ejecutivo, tendientes a imponer sanciones administrativas que impliquen la suspensión o revocación del nombramiento de notario.

El Notario Horacio Aguilar también hizo pública una carta firmada de manera autógrafa en donde se disculpa por los hechos.

No olvidemos que el tema notarial es de competencia exclusiva de las entidades federativas en cuanto a su organización y funcionamiento, aunque el producto de su importante función muchas veces tenga efectos inclusive extraterritoriales.

Como dije líneas arriba, han pasado ya dos semanas del hecho; hasta ahora no se tiene conocimiento de que por parte de la dama afectada se haya iniciado alguna carpeta de investigación ante el Ministerio Público local o que el representante social haya iniciado alguna derivada de noticia criminal, en resumen: ante estos hechos, insisto injustificables, por parte del Notario Horacio Aguilar Álvarez de Alba, en estricto derecho no procede ni la revocación del nombramiento ni la suspensión temporal del notario, ya que los mismos se dieron totalmente ajenos a la dimensión de su especializada función fedataria: el protocolo y testimonios notariales.  

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